viernes, 26 de noviembre de 2010

DÉCIMO INFORME

LA PERSONA DE ACUERDO AL DERECHO ROMANO

En derecho, persona se designa a todo ser capaz de tener derecho y obligaciones, en el leguaje jurídico sirvió para nombrar al sujeto del derecho, al titular de derechos y obligaciones.

En derecho romano la persona puede ser de dos clases: Persona Física y Persona Moral Jurídica.

El " homo" hombre, es el ser dotado de inteligencia, con un lenguaje articulado, clasificado entre los mamíferos del orden de los primates. En este aspecto, no interesó a los juristas romanos; sino considerado en su aspecto social como sujeto de derechos políticos y civiles: como persona. En el Derecho Romano existían dos clases de personas: las físicas y las jurídicas o morales.

En el lenguaje jurídico, persona connota dos sentidos: 1. persona es todo ser real considerado como capaz de ser el sujeto activo o pasivo de un derecho y será capaz de tener derechos y obligaciones; denominándosele también " singulares personae, certi homines o singuli" . Los esclavos no se cuentan dentro de las personas, el derecho los cataloga dentro de las cosas " mancipi" . 2. persona señala cierto papel que el individuo desempeña en sociedad, como padre de familia, comerciante y magistrado.

Clsificación de las personas de acuerdo al Derecho Romano

Se clasifican en personas libres y esclavos.

La más grande división de las personas es que todos los hombres o son libres o son esclavos. Esta división tiene como base la posesión o pérdida de la libertad. La esclavitud es un derecho de propiedad que la ley reconoce a un hombre sobre otro hombre, por lo que la libertad consiste en no ser propiedad de nadie. La libertad es la facultad natural de hacer todo aquello que queramos, salvo los obstáculos de la fuerza o de la ley. Las personas libres se subdividen en ciudadanos romanos y no ciudadanos y en ingenuos y libertinos. Son libertinos los que han sido manumitidos de justa esclavitud. Ingenuas son las personas que han nacido libres y que no han sido esclavas.

Otra división son las personas independientes (" sui iuris" ) y las sometidas o dependientes ("alieni iuris" ). Las independientes son las que no dependen de ninguna otra persona, las sometidas, las que están sujetas a la potestad de otra persona. Las independientes pueden estar en tutela o curatela, o ser completamente capaces. Las personas sometidas se subdividen en esclavos, hijos de familia, personas libres " in mancipio" y mujeres " in manu".

Estado de Libertad:La esclavitud es cuando un individuo se encontraba en calidad de una cosa perteneciente a otro, quien podía disponer libremente de él, como si se tratara de cualquier objeto de su patrimonio.

Personas físicas en Roma.

Las personas se consideran como tales desde el momento de su nacimiento, hasta el día de su muerte. El infante concebido se tiene por nacido, siempre que sea en su beneficio. Esta regla es importante en derecho sucesorio. Aunque la personalidad jurídica principia con el nacimiento y se extingue con la muerte, en beneficio del infante se le considera en algunas ocasiones como vivo, retrotrayendo su capacidad jurídica al tiempo de su concepción.

Ser libre, ser ciudadano, ser jefe de familia, ser romano
• Estatus libertatis
• Estatus civitatis
• Estatus familiae

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